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ULTIMA REUNION DE CONVENIO 2014-2015. 17.07.2014 FIRMADO POR UGT

Comienza la reunión pasando a la lectura y firma de todas las actas de las reuniones anteriores.

Por parte del director de RRHH nos indica que en Málaga han cerrado el convenio con incrementos salariales de 0,5% para 2014 y 0,6% para 2015 y sin más modificaciones de su convenio actual.

  • Indica que en el día 16.07.2014 se ha reunido con la directiva de CCIP en Barcelona y que le dan dado las gracias para UGT por el gesto realizado en este convenio, no así para ELA del cual dice que no apoyan demasiado en este proceso de fusión de CCIP, es el único sindicato que no ha firmado el convenio de todas las Begas y no ha seguido las directrices marcadas por CCIP. Nos indica que este proceso se basa en confianza.

Desde ELA tenemos muy claro que  las clausulas que nos blindan ante la reforma laboral, deben estar incluidas en el convenio, tras consulta con los servicios jurídicos del sindicato, para tener una validez legal 100% y no dejarlas fuera como ha hecho UGT, también tenemos claro que nosotros si miramos por los intereses de CCIP, pero los primeros intereses por los que miramos son por los de los trabajadores de Norbega, y referente a la confianza que nos pide, le indicamos que no podemos tener confianza en personas que no conocemos y que como en Casbega por la mañana firman el convenio y por la tarde les cierran la fabrica.

ACLARAR QUE UNA VEZ MÁS SABEMOS QUIÉN SALE BENEFICIADO CON LA FIRMA DE ESTE CONVENIO “ALGUNOS MIEMBROS DE UGT SE JUBILAN CON CONTRATO RELEVO, CONTRATACIONES DE FAMILIARES DIRECTOS DE MIEMBROS DE UGT, ETC…” 

  • El director de RRHH nos hace referencia al tema del ERE de CCIP, nos indica que se ha reunido CCIP con los sindicatos demandantes de dicho ERE, y que aparte se ha realizado otra reunión entre CCIP y el sindicato USO, al cual ha asistido un trabajador de Norbega; nos indica que este trabajador acude en calidad únicamente como trabajador, que no representa a nadie y que le ha mandado la Dirección de Norbega en calidad de oyente, para tener información puntual de cómo se están desarrollando las negociaciones del ERE.
  • Nos indica que mientras no se resuelva el tema del ERE de CCIP, no se puede hacer nada con la excesiva eventualidad que venimos sufriendo en Norbega.

Para finalizar la reunión se procede a la firma del convenio y ultimo acta por parte de la Empresa y UGT.

ASAMBLEA DE AFILIADOS Y SIMPATIZANTES

 

ELA NORBEGA CONVOCA A TODOS LOS AFILIADOS Y SIMPATIZANTES A UNA ASAMBLEA QUE TENDRA LUGAR EL DIA 08.07.2014 MARTES, EN EL LOCAL DEL COMITÉ, CON HORARIO DE 11H DE LA MAÑANA Y 18H DE LA TARDE.

 

  • TEMAS QUE SE TRATARAN:

 

  • PREACUERDO DE CONVENIO

Los traslados de Coca-Cola son válidos

La Audiencia Nacional sostiene que los recursos deben hacerlos los afectados de forma individual.

La Audiencia Nacional ha validado los traslados y recolocaciones en otras regiones de los trabajadores de las plantas de envasado de Coca-Cola afectados por los cierres de las fábricas de Colloto, Fuenlabrada, Alicante y Palma de Mallorca por considerar el tribunal que el expediente de regulación de empleo llevado a cabo por la empresa embotelladora, que fue anulada por ese mismo tribunal, está recurrido ante el Supremo y porque, en todo caso, los trabajadores reasignados a otras fábricas en España lo fueron tras un acuerdo individual y voluntario entre los empleados y la compañía, por lo que, según el fallo, y por tratarse de acciones personales voluntarias, el procedimiento correcto debería haber sido la presentación de una demanda por cada uno de los trabajadores implicados y no de forma colectiva por los sindicatos CC OO, UGT y CSIF.

El fallo de la Audiencia Nacional fue difundido en un comunicado por la Federación de Industria de USO, sindicato discrerepante que, al igual que la fiscalía y la empresa envasadora (la española Coca-Cola Iberian Partners), alegó contra la demanda de CC OO y UGT, y a la que se adhirió CSIF.

USO dijo que es "necesario retomar el diálogo entre empresa y sindicatos en la búsqueda de una salñida acordada que ponga fin a la judicialización de la reestructuración de la empresa".

La Audiencia Nacional sí declaró nulos los despidos, bajas incentivadas y prejubilaciones en una sentencia conocida el 13 de junio. Aunque la empresa ha nombrado mediador al ex ministro Manuel Pimentel para bnuscar un acuerdo, UGT y CC OO ultiman la petición formal de esta sentencia para que todos los trabajadores que causaron baja por unas u otras vías sean readmitidos de inmediato por la empresa en ejecución de la sentencia. CC OO dijo que exigirá hoy mismo su readmisión.

La Audiencia Nacional declara nulo el ERE de Coca-Cola que afecta a 1.191 empleados

  • Debe readmitir a los despedidos y abonar los salarios no percibidos
  • El ERE anulado provocó el cierre de cuatro plantas embotelladoras
  • Estima las demandas de los sindicatos UGT, CCOO y CSIF contra el ERE
  • Coca-Cola Iberia anuncia que su embotellador único recurrirá la sentencia

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de 1.191 trabajadores puesto en marcha en España por Coca-Cola Iberian Partners (CCIP). La compañía ejecutó 821 despidos, 235 de ellos forzosos que corresponden a los empleados de la planta de Fuenlabrada.

La Audiencia dio a conocer este viernes una sentencia, que supone que Coca-Cola deberá readmitir inmediatamente a los despedidos, con abono de los salarios dejados de percibir. El fallo declara "el derecho de los trabajadores afectados a la reincorporación a su puesto de trabajo", lo que abre la puerta a que los empleados conformes con sus condiciones económicas opten por no volver a trabajar.

Por su parte, Coca-Cola Iberia ha anunciado que su embotellador único, Coca-Cola Iberian Partners, recurrirá la sentencia de la Audiencia Nacional. La empresa ha manifestado que esta sentencia supone "la innecesaria prolongación del proceso de reestructuración del embotellador".

La decisión empresarial anulada implicó el cierre de las fábricas que producían la popular bebida en Fuenlabrada (Madrid), Mallorca, Alicante y Asturias. En su resolución, la Sala de lo Social de la Audiencia estima las demandas de los sindicatos UGT, CC.OO. y CSIF contra la decisión extintiva de la empresa, que argumentó causas organizativas y productivas para poner en marcha esa medida.

La resolución de la Sala explica que el origen del conflicto viene de la fusión de las ocho embotelladoras que la marca tenía en la Península Ibérica en una sola, en un proceso de integración del que resultó Coca-Cola Iberian Partners como compañía autorizada para preparar y envasar las bebidas en España y Portugal.

Reducir la plantilla

Fruto de esa fusión, la compañía para ahorrar costes tomó medidas como reducir la plantilla con prejubilaciones, bajas incentivadas o recolocaciones, así como los despidos forzosos en caso de que no se llegara al objetivo de la reestructuración. Los sindicatos se negaron a aceptar el acuerdo si ello suponía el cierre de fábricas.

Ahora, la Sala de lo Social declara nulo el despido colectivo por cuanto el nuevo empleador es un grupo de empresas laboral que nunca se ha constituido formalmente como empresario. Esta sociedad, según los jueces, no ha negociado este cambio con los representantes de los trabajadores, que se encontraron sorpresivamente dicho cambio al ser convocados para negociar el despido colectivo, a pesar de mantenerse de alta cada uno para su empresa respectiva.

La sentencia sostiene que "se ha producido, por tanto, un completo y manifiesto incumplimiento de las obligaciones de información, consulta y negociación en el supuesto de cambio de titularidad de la empresa. Y no se trata de un incumplimiento situado en el pasado (.) es un incumplimiento que se mantiene en el presente y se proyecta sobre el periodo de consultas del despido colectivo, porque en ese momento la información y documentación sobre la constitución del grupo era todavía incompleta".

Falta de buena fe

Los magistrados añaden que la forma de proceder "al constituir el ámbito del despido sin ni siquiera haber informado a los trabajadores del cambio de empresario no puede en modo alguno considerase conforme con una mínima exigencia de buena fe negocial. Concurre por ello causa de nulidad del despido colectivo".

En relación con la falta de información facilitada por la empresa, la sentencia también explica que Coca-Cola Iberian Partners debió haber entregado a la comisión negociadora un plan detallando los planes de reestructuración respecto de la producción.

"No se ha proporcionado la información reclamada por los representantes de los trabajadores durante la negociación", dice la resolución, "sobre cuál era la forma de distribuir la producción entre plantas y líneas antes de la reestructuración y cómo se prevé hacerlo después. Y esa información sí era relevante para valorar las causas y negociar sobre la posibilidad de evitar o reducir los despidos y sus efectos, por lo que esa omisión informativa sí se anuda a la consecuencia de la nulidad del despido", recalcan los magistrados.

Esquirolaje por parte de la empresa

La Sala acepta otro de los argumentos de los demandantes, en cuanto a la irregularidad de las prácticas de "esquirolaje" puestas en práctica por la compañía de bebidas durante la huelga masiva de los trabajadores de la planta de Fuenlabrada. Según los magistrados, "en este caso ha existido una conducta ilícita que es imputable a CCIP y que ha tenido como finalidad y efecto minorar las consecuencias del ejercicio por los trabajadores del centro de Fuenlabrada de su derecho constitucional de huelga".

La conducta, describe la sentencia, consistió en modificar las rutas de distribución del producto de otras factorías para suministrar producto a Madrid, por lo que también se aprecia causa de nulidad, dado que de esa forma se desactivó la eficacia de la huelga, que es un instrumento lícito de los trabajadores en el marco de la negociación del despido colectivo.

En este punto, la resolución recuerda que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social investigó esos hechos y los consideró contrarios al derecho fundamental de huelga y constitutivos de infracción administrativa.

El secretario general de la Federación Agroalimentaria de CC.OO., Jesús Villar, sindicato que interpuso esta denuncia, ha asegurado que la Federación "se siente respaldada en su estrategia sindical y en su argumento con la sentencia que declara nulo el expediente de Coca-Cola".

2º, 3º Y 4º REUNION DE CONVENIO

A dichas reuniones asisten el director de RRHH, la jefa de personal, el comité de empresa y los delegados sindicales de las delegaciones.

2º REUNION DE CONVENIO 09.05.2014:

Se establece que la Mesa de Negociación esté compuesta por 14 miembros del Comité más 2 asesores por Sindicato.

  • UGT presentará en la reunión de la Mesa de Negociación el próximo martes 13 de mayo su propuesta de Plataforma.
  • Por otra parte, ELA entiende que no es el momento de hablar del Convenio mientras el escenario que transcurre en CCIP no esté definido, ya que en breve habrá un juicio en la audiencia nacional sobre los cierres y despidos de trabajadores de otras Begas y eso nos puede afectar etc.. No obstante si se abre la negociación formarán parte de la misma.
  • CSIF manifiesta su voluntad de colaborar en la negociación.

Se cierra esta reunión con una nueva convocatoria para el martes 13 de Mayo a las 10.00h

3º REUNION DE CONVENIO 13.05.2014:

  • UGT entrega a la Mesa copia de su propuesta de Plataforma, señalando como condición indispensable de la negociación el registro estatutario del convenio.
  • CSIF propone añadir a la Plataforma valorar el tema de asignar teléfonos a los preventistas, así como considerar festivos los días 24 y 31 de Diciembre.

Se cierra esta reunión con una nueva convocatoria para el martes 20 de Mayo a las 10.00h

4º REUNION DE CONVENIO 20.05.2014:

Por parte de UGT se pide cambiar el encabezado de las actas donde figura comité de empresa por parte social o mesa negociadora.

Por parte de la empresa, tras analizar la propuesta entregada por UGT, nos trasladan que esta se desvía en exceso del objetivo presupuestario de Norbega, nos indican que este año se cree que el IPC acabe sobre el 0% y nos hacen entrega de una contrapropuesta.

  •  .Vigencia de 2 años
  •  .Mantenimiento del contrato relevo
  •  .Incremento salarial de 0.50%
  •  Gratificaciones salariales pasar de 17 a 14, este es un punto sin mucha importancia para la empresa.
  •  .Pago de salarios en los 2 primeros días hábiles. Estarían dispuestos a realizarlos siempre que haya un poco de flexibilidad
  •  .Locomoción: marcar una media para todos los trabajadores de 3,50 euros.

Desde ELA se le pregunta si esa cantidad será también para los trabajadores de jornada partida, y nos indica que si, aclarar que en la actualidad los viajes de tiempo de comida como máximo se pagan desde Bilbao 2,24 euros. Por parte de la empresa nos indican que ahora se pagan 8 euros de ayuda de comida en el área técnica, y por parte de ELA se le indica que eso viene reflejado como plus de jornada, indicar que en el área comercial el plus ayuda de comida se sitúa en 2014 en 13,79 euros y UGT propone subirlo a 16 euros. 

  •  .Flexibilidad para trabajar los fines de semana, regular un 4º,5º turno solo para el área técnica, nos indica que en la próxima reunión traerán una propuesta.

Por parte de ELA se le pregunta qué porcentaje de eventualidad hay en Norbega, dado que a dia de hoy creemos que hay un altísimo porcentaje  y se le pide que conste en acta y que nos lo traslade para la próxima reunión, se le indica que más flexibilidad que la que existe hoy en día con estos trabajadores no puede haber y que entendemos que es hora de crear puestos de trabajo estables y con dignidad. Esto es lo que firman algunas empresas punteras de nuestra comarca.

Ejemplo:

“La empresa se compromete a realizar contratos eventuales, por circunstancias de la producción y obra o servicio, los estrictamente necesarios y que dicha contratación no supere el 7 % de la plantilla total en cómputo anual, a partir del año 2013. En el caso de que se superase este porcentaje, se realizará un número de contratos indefinidos equivalente al 25 % del exceso. La transformación a indefinidos se realizará por orden de antigüedad del primer contrato en en la empresa.”

DESDE AQUÍ ELA LE PIDE A UGT QUE INCLUYA ALGÚN ARTÍCULO DE ESTE TIPO EN SU PLATAFORMA.

.Por parte de UGT se pide que es indispensable registrar el pacto estatutario que tenemos en la actualidad para así darle legitimidad, también hablan de la inaplicación y descuelgue del convenio etc. Mas o menos lo que viene reclamando ELA años atrás sobre todo después de la última reforma laboral.

Por parte de UGT se pide nombrar a un miembro de la mesa negociadora como portavoz.

La empresa queda en hacernos entrega la próxima reunión de una nueva propuesta de convenio así como de una propuesta de un posible 4º, 5º turno.

Se cierra esta reunión con una nueva convocatoria para el martes 27 de Mayo a las 10.00h

 

1º REUNION DE CONVENIO 30.04.2014

A dicha reunión asisten el director de RRHH, la jefa de personal, el comité de empresa y los delegados sindicales de las delegaciones.

Por parte de la empresa se presenta su plataforma.

Estos son los puntos que nos presentan:

  • Art.2- Vigencia 2 años, 2014/2015. Nos aclara que dado que hay elecciones sindicales este año 2014, quiere dejar firmado para dos años, para que el siguiente comité tenga un año de transición.
  • Art.8- Contratos de relevo, prorrogarlo hasta el 2018. Nos indica que quiere mantener este articulo y nos aclara que en la actualidad sigue vigente gracias al trabajo realizado por las trabajadoras de RRHH, tanto Josune como Itziar.
  • Art.17- Incremento salarial 0,25%. Este es un punto de partida, por parte del comité se le recuerda que en una anterior reunión de comité ya había ofrecido un 0,8%
  • Art.18- Gratificaciones extraordinarias (prorratearlas de 17 actuales a 14 en un futuro)
  • Art.25- Locomoción (unificación y simplificación del precio) Nos indica que en la actualidad se pagan diversas cantidades de locomoción y que lo que buscan es una cantidad única para todos, poniendo un tope de distancia de kilómetros entre la empresa y el domicilio de los trabajadores.

También nos indica que los demás artículos se mantendrían y se prorrogarían.

Por último nos pide flexibilidad para trabajar los fines de semana en el área técnica, indicándonos que en Cobega ya lo tienen reflejado en convenio:

  • (Art.15- Modificaciones en la distribución de la jornada y horarios por necesidades productivas: el cual viene a decir que para los que ostenten la condición de fijos a la firma del vigente convenio será voluntario y para los futuros fijos y eventuales será obligatorio. Esto lo han firmado en Cobega UGT, USO y CCOO.

Por parte del comité se le pide información de futuro en Norbega en las distintas áreas, y se le solicita una reunión con el Director de Producción de Refrescos.

 

REUNION COMITE DE ABRIL 07.04.2014

A dicha reunión asiste el Director de RRHH.

  • Comienza la reunión haciendo un balance de cómo se está desarrollando el ERE de CCIP. En él nos indica que Norbega es la menos afectada y será la que mas crezca.
  • Nos informa de las bajas que se sufrirán en Norbega: serán 3 trabajadores, 2 en Galdakao (la jefa de personal y el médico) uno en Madrid y posiblemente haya otro en Madrid.

El servicio médico se centraliza y por lo tanto se externalizara.

  • Prejubilaciones: Una trabajadora en Galdakao, y posiblemente 4 en Santander y 2 en Donostia.

Nos indica que a día de hoy no habrá más prejubilaciones en Norbega, dado el conflicto que existe en Madrid, por lo tanto informar a todos los trabajadores que se habían interesado por esta opción voluntaria, que ahora mismo esto está paralizado, ya que somos una planta que no está afectada por el cierre y en Madrid ahora hay 235 despidos.

  • Cambios de puestos de trabajo: nos indica que todos los trabajadores pertenecientes a Norbega a los cuales se les ha informado de un cambio de puesto de trabajo no sufrirán ningún cambio en las condiciones laborales que tienen actualmente.
  • Nos indica que en breve nos hará llegar una relación de las personas que se han interesado en ser trasladadas desde otras Begas hacia Norbega, pero nos indica que son muchas menos de las que en un principio se pensaba.

Referente a estos traslados nos indica que quedan muchos flecos abiertos y muchas incertidumbres, debido a que en este ERE no se ha negociado nada.

  • Organigrama de Norbega: nos indica que en un futuro se verá como queda y que lo decidirá CCIP.
  • Nos indica que hay un plan estratégico en comercial para 3 años y que esto implicara cambios.
  • Nos indica que hasta Septiembre aproximadamente no se formalizaran los turnos de trabajo debido a la debacle que existe actualmente con el tema del ERE.
  • Nos indica que aproximadamente la segunda quincena de Mayo es posible que salga el juicio del ERE en la audiencia nacional.
  • Tema atrasos: A la pregunta de ELA, UGT informa que sigue sin meterse la denuncia en la audiencia nacional.

Se da por finalizada la reunión.

 

El ERE de Coca-Cola, cuestionado por la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo ha cuestionado en su informe el ERE del embotellador único de Coca-Cola por falta de información que lo justifique, por desconocerse su incidencia en los temporales y por no informar de las razones de los despidos de forma previa, entre otros motivos.

Así figura en el informe que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha remitido a la Dirección General de Empleo.

En él se asegura que tras la documentación analizada, se ha comprobado que no se aporta a los sindicatos la documentación adicional solicitada que aclare los criterios para que se aprecie "de una forma clara y precisa" las causas productivas y organizativas que la compañía alega para acometer este ERE.

Según indica, la compañía tampoco ha aportado información que explique las transferencias de producción entre plantas, la gestión de mercados, el suministro de las plataformas de producto y todo lo que "identifique y clarifique de manera precisa el impacto del ERE".

Hace "especial mención", además, a la complejidad con la que se han elaborado los listados de los trabajadores de este expediente, que no permite "determinar con facilidad el número de empleados que se verán afectados en cada centro de trabajo individualizado".

Según documento, tampoco se aporta la incidencia que el cierre de determinadas plantas, o la reorganización de centros de trabajo, tendrá sobre los trabajadores con contratos temporales que pertenecen a los que cierran o a las divisiones que se trasladan a otras ciudades.

Para la Inspección de Trabajo, la documentación aportada por Coca-Cola Iberian Partners (CCIP) no permite analizar si otras mercantiles del grupo debería estar integradas en el grupo a efectos laborales y si por este motivo "debería haberse aportado documentación sobre ellas".

En concreto y según la inspectora que firma el texto, María Foret, se debería haber dedicado más tiempo al estudio y explicación del plan de reorganización, "máxime cuando la compañía ha manifestado que ya en junio de 2013 se solicitó a una empresa experta un informe sobre la reorganización de CCIP".

Las secciones sindicales no estarían bien constituidas

En cuanto a la composición de la comisión representativa, el informe refleja que, pese a la "buena fe" alegada por CCIP a la hora de determinar el número de representantes que por cada sindicato conformarían la comisión, no ha quedado acreditado que existieran secciones sindicales a nivel de grupo legalmente constituidas.

Añade que CCIP tampoco ha aportado documentación relativa a la existencia de esas secciones sindicales de cada uno de los sindicatos representados en el mesa y por cada uno de los embotelladores.

Por ello, considera que "se debería haber tenido únicamente en cuenta la representación existente en los centros de trabajo afectados".

Concluye que no se ha podido entrar en la valoración sobre si los criterios de designación de los trabajadores son discriminatorios o no a la fecha del informe, ya que no existe relación nominativa de trabajadores afectados distinguiendo entre extinciones y recolocaciones.

Finalmente, Inspección de Trabajo recuerda la advertencia que la autoridad laboral ha realizado a CCIP debido a que reconoce unas mejores condiciones económicas únicamente para aquellos trabajadores que se acojan voluntariamente a las medidas propuestas por la sociedad, tanto extintivas como de recolocación.