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Norbageando

Luchar por el salario es luchar por el empleo

REUNION COMITE MARZO 03.03.2014

A dicha reunión acuden el Director de RRHH y la Jefa de personal.

Empiezan su intervención explicando cómo se ha desarrollado el proceso del E.R.E y explicando que en ningún momento ha habido voluntad negociadora por la parte social y que por parte del sindicato CCOO ha existido un clima de agresividad y confrontamiento.

Nos indica que el E.R.E se ha planteado debido a que se sigue una directriz marcada desde Atlanta en la cual se pedía una integración de las distintas embotelladoras del estado.

Nos aclara que la última propuesta puesta encima de la mesa por CCIP se podría haber mejorado, pero los sindicatos representados en la mesa negociadora (UGT-CCOO.USO.CSIF) no han querido negociar y por lo tanto no se han podido desarrollar algunos temas pendientes.

También deja bien claro que las condiciones que se llevaran a cabo en este E.R.E no las ha conseguido ningún sindicato que las ha sacado CCIP.

Nos indica que hay muchos planes de futuro para Norbega, y que este E.R.E en Norbega les afectara directamente a 8 personas en el área de soporte y 5 en el área comercial, algunos con edad de prejubilación y otros serán recolocados, que hablara con ellos para buscar la mejor opción a cada uno.

Tanto por parte de la empresa como de UGT indican que no se ha negociado porque CCOO había creado un clima muy violento, con diversas amenazas (aclarar que en la mesa negociadora por la parte social CCOO tenía 4 miembros de 13, UGT tenía 7 miembros, o lo que es lo mismo mayoría absoluta, indicar que cuando negocian el convenio de Norbega siempre hacen valer su mayoría para firmar todo lo que se pone encima de la mesa.) Desde UGT indican que tanto ellos como USO y CSIF si tenían intención de negociar. 

Desde ELA se le pregunta si en las recolocaciones se pueden modificar las condiciones laborales de los trabajadores y nos indican que sí, pero a todos los que estén interesados en recolocaciones se les explicara muy claro cuáles serán sus condiciones futuras.

Nos indican que ahora mismo no existe el puesto de ATS, debido a un cambio de proveedor, pasando de ser anteriormente  ASEM y a día de hoy es  ASEPEYO porque ahora estos temas vienen dirigidos desde CCIP.

Por parte de ELA se pregunta a UGT como está el tema denuncia de atrasos año 2012 y nos indican que todavía no se ha metido en la audiencia nacional.

 

COMUNICACIÓN A LA PLANTILLA DE COCA COLA IBERIAN PARTNERS 27 de Febrero de 2014

Finalizado sin acuerdo el periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, la Dirección de Coca-Cola Iberian Partners ha establecido los criterios para la aplicación del plan de reestructuración. Este plan es necesario para poder garantizar la sostenibilidad del proyecto futuro en los términos compartidos con todos los trabajadores.

Además, la empresa se reafirma en su voluntad de llevarlo a cabo con el menor impacto posible en el empleo y con este espíritu procede a la apertura de un período de adscripción voluntaria a las siguientes medidas:

  • Prejubilaciones para trabajadores/as mayores de 56 años, garantizando el 80% del salario neto percibido (con revalorización del 1% anual) y hasta los 63 años.
  • Bajas indemnizadas a razón de 45 días de salario por año trabajado y un límite máximo de 42 mensualidades, más una cantidad adicional lineal de 10.000€
  • Recolocaciones a través de la oferta de 481 puestos de trabajo. En caso de que la recolocación suponga traslado geográfico, se abonará una indemnización de 15.000€ y 500€ mensuales en concepto de ayuda vivienda durante 2 años.

A estas medidas podrá acogerse cualquier trabajador fijo de Coca-Cola Iberian Partners perteneciente a los centros o áreas funcionales señalados en documento anexo, siguiendo el procedimiento establecido a tal fin.

Durante los siguientes 15 días naturales a partir de esta comunicación, las personas interesadas en alguna de las medidas y que cumplan los requisitos, deberán notificarlo formalmente a la empresa a través de cualquiera de las siguientes vías:

- Dirigiéndose al departamento de Recursos Humanos de su empresa donde le atenderán indicándole los trámites a realizar en función de su opción.

- A partir del viernes 28, en la página web http://hr.cvtools.com a la que se tendrán acceso las personas pertenecientes a los centros o áreas funcionales señalados en documento anexo, con las siguientes claves:

  • Usuario: DNI/NIE empleado/a
  • Contraseña: código/pin de empleado (que figura en la nómina, eliminando los ceros de la izquierda)

La empresa dará respuesta individualmente a todas las solicitudes recibidas antes del 31 de Marzo de 2014, pudiendo desestimar algunas por razones organizativas justificadas.

Si el número de trabajadores que solicitan la recolocación es superior a los 481 puestos disponibles, se abrirá un plazo adicional de 7 días en el que los trabajadores con 57 o más años pertenecientes a los centros y/o áreas funcionales que se ofrecen para recolocación, podrán acogerse a la medida de prejubilación antes señalada.

Únicamente si transcurrido el plazo de acogimiento a las medidas voluntarias descritas en la presente comunicación, no se hubiera conseguido el objetivo de reestructuración establecido, la empresa podrá extinguir el contrato hasta el número de trabajadores necesario para ello, abonando una indemnización de 33 días de salario por año de servicio con el tope de 24 mensualidades, con un límite en el caso de quienes hubieran podido acogerse a la prejubilación del importe total equivalente a la misma.

No obstante, con carácter previo a la comunicación de cualquier decisión extintiva forzosa, la empresa realizará una evaluación del grado de consecución de los objetivos de reestructuración alcanzados durante la fase de adscripción voluntaria, con el fin de valorar el alcance y plazos en los que pueden alcanzarse tales objetivos.

En el documento adjunto se detallan las medidas propuestas, centros y áreas funcionales afectados y el listado de posiciones disponibles.

Desde la Dirección queremos reforzar nuestro compromiso de llevar a cabo el plan con el menor impacto posible en el empleo. En ese sentido hemos preparado una propuesta de medidas abierta, voluntaria y generosa con la que confiamos se cubran las necesidades del plan y se acojan el mayor número posible de empleados.

Atentamente,

Dirección CCIP

Coca-Cola se planteará si ejecuta el ERE tras no llegar a un acuerdo con los sindicatos

Coca-Cola Iberian Partners (CCIP), el embotellador único de Coca-Cola, se replanteará en los próximos 15 días si ejecuta el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) anunciado, tras concluir este viernes el periodo de consultas sin acuerdo con los sindicatos.

En concreto, durante la reunión entre las partes, que se inició a las 10.00 horas en un ambiente "tenso", los sindicatos representados en la mesa de negociación (CC.OO., UGT, CSI-F y USO) no han respaldado lapropuesta "inamovible" de la compañía al no retirar los cierres de las plantas.

Según fuentes sindicales, en el acta se indica que laempresa utilizará el periodo legal de los 15 días siguientes al cierre del periodo de consultas para considerar la decisión a tomar en relación a si presenta o no el ERE, tras analizar la medidas planteadas, aunque no vinculantes, y que lo comunicará a la representación sindical.

No se ha firmado porque conllevaba la pérdida de multitud de puestos de trabajo

Por su parte, el director de Relaciones Institucionales de Coca-Cola, Juan José Litrán, ha dicho "no entender cómo ha sido rechazada la oferta por los sindicatos cuando se trata de una oferta muy ventajosa para los trabajadores, una oferta que además diría que es insuperable y que ha sido apoyada por la mayoría de los trabajadores que han sido consultados".

Desde la Federación Agroalimentaria de CC.OO. han indicado que, por parte del sindicato, no se podía firmar este ERE porque destruía puestos de trabajo con despidos forzosos y cerraba plantas. "No se ha firmado porque conllevaba el cierre de cuatro plantas y la pérdida de multitud de puestos de trabajo. Nosotros siempre apostamos por la voluntariedad de las medidas, por la aceptación y el consenso, no por la imposición".

En este sentido, CC.OO. espera que la empresa tome la decisión acertada para que se resuelva el conflicto y la más adecuada para la viabilidad de la empresa, según han puntualizado. Han destacado que, en el caso de que la empresa decida presentar el ERE, CC.OO. lo va a impugnar y "tiene toda la probabilidad de que se declare nulo".

También la Federación de Industria y Trabajadores Agrarias de UGT ha pedido a la empresa que cambie su hoja ruta en los próximos quince días. "Se abre ahora unnuevo periodo en esta odisea del despropósito empresarial, en el cual Coca-Cola Iberian Partners tiene un plazo de 15 días para ejecutar su plan o modificar su hoja de ruta, tiempo que debiera aprovechar para cambiar su posición y que ello permita dar solución a un gran problema creado por ellos mismos", ha señalado el sindicato.

Los trabajadores de Fuenlabrada seguirán acampados

Los trabajadores, por su parte, seguirán con las movilizaciones. Así, la treintena de empleados que están acampados a las puertas de la fábrica de Coca-Cola en Fuenlabrada desde el 3 de febrero han confirmado que no levantarán el campamento aunque se cierre la planta.

"Si el día 1 de marzo, o el 7 de marzo, la empresa procede al despido de 400 trabajadores, por poner una cifra, obviamente ya no estaremos en huelga, pero otra cosa es que yo me vaya a ir de la puerta de la fábrica o no me vaya a ir. Y lo lógico es que nos mantengamos acampados", ha explicado el secretario de Organización de la Federación de Industria en UGT, Alfonso Juguera.

Alfonso Juguera ha dicho que el objetivo de continuar a las puertas de la fábrica es "evitar que se lleven las líneas de producción y que no vacíen nada, porque querrán desmantelar la planta".

Por otra parte, CC.OO. ha asegurado que continuará "trabajando y reforzando más si cabe la unidad de acción y de todos los trabajadores y plantas afectados y no afectados, al mismo tiempo que seguiremos impulsando un nuevo calendario demovilizaciones hasta que haya una resolución del conflicto".

El sindicato recuerda que seguirán las huelgas indefinidas en las plantas previstas para el ERE (Fuenlabrada, Alicante, Palma de Mallorca y Asturias) por si deciden ejecutarlo y en el resto de plantas habrá paros parciales y manifestaciones, incluida una nueva a nivel nacional.

Coca-Cola mejoró su propuesta inicial

En un principio el embotellador de Coca-Cola propuso un ERE para 1.253 trabajadores, además del cierre de las plantas de Asturias, Palma de Mallorca, Alicante y Madrid. La empresa ofrecía una indemnización de 30 días con un tope de 18 mensualidades por la extinción de contrato y 5.000 euros por gastos a los trabajadores que se trasladaran a un centro a más de 75 kilómetros del suyo.

Posteriormente, CCIP mejoró su propuesta inicial al reducir hasta 1.190 trabajadores los afectados por el ERE, aunque manteniendo el cierre de las cuatro plantas, algo que siempre han rechazado los sindicatos.

Este segundo plan planteó bajas incentivadas voluntarias de 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades, más una indemnización lineal de 10.000 euros y mejoró las condiciones para el personal recolocado, que percibiría una indemnización de 15.000 euros y ayuda de vivienda de 500 euros al mes durante dos años cuando el traslado implique cambio de residencia.


ULTIMA OFERTA DE CCIP TEMA ERE DIA 18.02.2014

18 de febrero de 2014

Tras la reunión celebrada esta mañana con los representantes de los trabajadores se ha realizado una propuesta sujeta a acuerdo por la cual

La Dirección de Coca-Cola Iberian Partners propone una oferta para no realizar ningún despido.

  • · Se reduce el nº de afectados, se incrementan las prejubilaciones y se ofrecen bajas voluntarias para los que no se acojan a las recolocaciones que se ofrecen para todos los afectados.
  • · Para las bajas voluntarias se ofrecen 45 días de salario por año de servicio, con tope de 42 mensualidades, y 10.000 euros adicionales lineales.
  • · Los empleados que se acojan a las recolocaciones percibirán una indemnización de 15.000 euros por traslado, además de una ayuda de vivienda de 500€/mes durante dos años.
  • · Se ofrecen prejubilaciones a partir de 56 años

La Dirección de la compañía ha evidenciado su absoluto compromiso para alcanzar un acuerdo y ha realizado una nueva oferta que podría suponer no tener que realizar ningún despido entre todos los afectados.

En el documento adjunto se detallan las medidas propuestas.

Una vez más, desde la Dirección, se pone encima de la mesa nuestra voluntad para negociar con los trabajadores y alcanzar un acuerdo satisfactorio para todos.

ESQUEMA DE CONTENIDO FINAL PARA EL ACUERDO EN CCIP

I.                   NUMERO DE AFECTADOS

El número de afectados por las distintas medidas propuestas es de 1.190 empleados. Se reduce la afectación inicial porque se mantendrían los almacenes de las plantas de Colloto (Asturias) y Palma de Mallorca y se mantendría en Valencia un equipo de trabajadores en el área de soporte.

 II.                PREJUBILACIONES

Estarían afectados por esta medida los trabajadores con edad igual o superior a 56 años a 1 de abril de 2014 en centros de trabajo afectados por cierre o reducción de plantilla, con las siguientes condiciones de prejubilación:

Pago de una cantidad neta desde la extinción del contrato hasta la edad de 63 años que, sumada a la prestación neta de desempleo que legalmente corresponda, alcance el 80% del salario neto percibido en la fecha de extinción del contrato. Con revalorización del 1% anual.

Pago con cargo a la empresa del convenio especial con la Seguridad Social hasta los 63 años, por la misma base que tenían en el momento de la extinción del contrato.

En caso de trabajadores que ya hayan alcanzado la edad de 63 años a la fecha de extinción del contrato, percibirán una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con tope de 12 mensualidades.

Podrían acogerse voluntariamente también a dicha medida de prejubilación los trabajadores adscritos a centros que no están afectados por cierre o reducción que tengan 57 años cumplidos a 1 de abril de 2014, aunque la aceptación de la medida por parte de la empresa estaría vinculada a que hubiera trabajadores que solicitaran la recolocación en el mismo centro de trabajo.

 III.             BAJAS INDEMNIZADAS VOLUNTARIAS

Podrían acogerse voluntariamente a dicha medida el resto de trabajadores no afectados por la prejubilación de centros afectados por cierre o reducción de plantilla, en el plazo de quince días siguientes a la fecha de terminación del periodo de consultas, con derecho a percibir las siguientes indemnizaciones:

a)     45 días de salario por año de servicio con límite de 42 mensualidades.

b)     Cantidad lineal adicional de 10.000 euros.

La empresa podrá rechazar el acogimiento a la baja indemnizada por razones organizativas justificadas o porque el número de empleados que solicitan la baja es superior al de necesidad de reducción de plantilla en el centro en el que prestan sus servicios.

También podrán acogerse voluntariamente a la baja indemnizada los trabajadores del resto de centros de trabajo, aunque en tal caso la aceptación por parte de la empresa estará vinculada a que dichas bajas se cubran por la solicitud de recolocación de los trabajadores de centros afectados por cierre o reducción de plantilla.

 IV.              RECOLOCACIONES EN OTROS CENTROS DE TRABAJO

A)    Se ofrecerán 354 recolocaciones con movilidad geográfica  en los centros de trabajo cuya plantilla se incrementa a los empleados que prestan servicios en centros que se cierran o reducen su plantilla, salvo que hayan optado por acogerse voluntariamente a la baja indemnizada. Además, se producirán 127 recolocaciones sin movilidad geográfica.

B)    Si el número de empleados en centros afectados por el cierre o reducción de plantilla que solicitan la recolocación es superior al de 481 señalado en el apartado anterior, la empresa abrirá un proceso  de prejubilaciones y bajas indemnizadas voluntarias en los centros que no cierran ni reducen su plantilla, a la que podrán acogerse un número de trabajadores equivalente a la diferencia entre las 481 recolocaciones ofrecidas y las solicitudes de recolocación recibidas.

C)    Tendrán preferencia para la recolocación los empleados que no tengan que trasladarse de centro de trabajo, y en los demás casos, la preferencia será en favor de la menor distancia entre los centros de trabajo, siempre que se cumplan los requisitos de acceso al puesto.

D)   Cuando la recolocación suponga un traslado con movilidad geográfica, los trabajadores afectados, percibirán  las siguientes compensaciones:

Una indemnización de 15.000 euros.

Una ayuda de vivienda de 500 euros mensuales durante dos años cuando el traslado implique cambio de residencia.

E)    La empresa establecerá los cursos de formación que sean necesarios para la adaptación al nuevo puesto de trabajo, que se realizarán dentro de la jornada laboral.

F)    Cuando el traslado implique cambio de residencia se realizará una vez finalizado el periodo escolar, es decir, a partir del 15 de junio de 2014, cuando el empleado afectado tenga hijos menores de 18 años a su cargo.

G)   Los trabajadores que se acojan a la recolocación mantendrán su salario de origen hasta el 31 de diciembre de 2014. A partir de dicha fecha percibirán el salario que corresponda al puesto de destino. Si éste fuera inferior a aquél, se abonará una compensación equivalente a la diferencia multiplicada por cuatro.

 V.                 EXTINCIONES NO VOLUNTARIAS DEL CONTRATO DE TRABAJO.

A)    Únicamente si con la aplicación de las medidas señaladas en los apartados II a IV del presente acuerdo no se hubiera alcanzado el objetivo señalado en el apartado I, porque los trabajadores afectados de los centros afectados por el cierre o reducción de plantilla no se hubieran acogido a la medida de baja indemnizada o a la recolocación, o porque después de acogerse a ésta última optaran por no incorporarse al nuevo destino, se producirá la extinción forzosa de contratos.

B)    La indemnización en tal caso será de 45 días de salario por año de servicio con límite de 42 mensualidades.

 VI.              PLAN DE RECOLOCACIÓN EXTERNA

Los empleados afectados por la extinción del contrato podrán incorporarse al Plan de Recolocación Externa aportado en la fecha de inicio del periodo de consultas, durante un periodo de seis meses.

 VII.           COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.

A)    Se creará una Comisión de Seguimiento que tendrá como funciones la interpretación, desarrollo e implementación del presente acuerdo, especialmente en lo que se refiere al cumplimiento efectivo del plan de recolocaciones internas señalado en el apartado IV del mismo.

B)    Además, se informará a dicha Comisión de Seguimiento de los planes de negocio e industriales que la empresa vaya poniendo en marcha durante el proceso de integración y desarrollo de CCIP como una empresa única.

 VIII.        GARANTÍAS.

A)    La empresa se compromete a no abordar ningún proceso adicional de despido colectivo al menos durante los próximos dos años.

B)    Si el empleado afectado por la recolocación en otro centro de trabajo de la empresa es representante de los trabajadores mantendrá las garantías que tiene atribuidas hasta el final del mandato para el que hubiera sido elegido, pero sin alteración de la composición de los órganos de representación en los centros de destino.

Iniciativa Legislativa Popular para garantizar las condiciones laborales para el personal de las subcontratas del sector público

Informacion tras la primera reunion tema ERE

Tras mantenerse la primera reunión  del periodo de consultas del expediente de Despido Colectivo, regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1483/12 de 29 de octubre. Así como para los procedimientos de movilidad geográfica y modificación sustancial de condiciones de trabajo.

Tenemos que indicar que las plantas embotelladoras de producción que se verán afectadas con el cierre de su fabricación serán las siguientes:

Fuenlabrada-Madrid-Casbega

Colloto-Asturbega

Palma de Mallorca-Cobega

Alicante-Colebega

La multinacional, que cuenta con una plantilla en España de 4.200 trabajadores, ha informado a los sindicatos en el inicio de las consultas del ERE la intención de despedir a 750 personas, mientras que 500 serán recoladas en otras plantas.

En Norbega estarán afectados los siguientes trabajadores:

Galdakao- 28 personas, de las cuales 5 serian de la Dirección Corporativa, 4 Jefes, 13 Responsables/Coordinadores y 6 Técnicos Administrativos Auxiliares.

Donosti- 3 personas Técnicos Administrativos Auxiliares.

Iruñea- 2 personas Técnicos Administrativos Auxiliares.

Santander- 2 personas Técnicos Administrativos Auxiliares.

Las Delegaciones de Araba, Logroño y Burgos no se verán afectadas.


REUNION DE COMITÉ DE ENERO 13.01.2014

Comienza la reunión presentándose el nuevo delegado sindical de Logroño perteneciente al sindicato CSI-CSIF.

Seguidamente se pasa a la lectura y firma del acta de las tres últimas reuniones de comité y a exponer los diferentes temas que tiene cada sindicato.

Por parte de UGT se informa que hay que constituir la mesa negociadora para el próximo convenio, nos indican que tienen que estar todos los representantes de las delegaciones y que del comité de empresa de Galdakao pertenece estar a 7 personas 4 de UGT y  3 de ELA, queda pendiente para la próxima reunión dar los nombres. Una vez más no entendemos como no está entero el comité de empresa y dan más prioridad a las delegaciones aunque en algún caso solo representan a 7 u 8 trabajadores.

Por parte de ELA se pregunta en qué situación se encuentra la denuncia tema atrasos, y por parte de UGT nos informan que esta camino de interponerse dicha denuncia en la audiencia nacional en Madrid.

A las 11 h se persona en la reunión la jefa de personal.

Comienza su intervención indicándonos  que algunos trabajadores cobrarán menos en nómina a partir de Diciembre en base a la aplicación del decreto publicado por el Ministerio de Empleo el pasado 21 de diciembre que aumentó desde dicha fecha los conceptos retributivos que deben incorporarse a las nóminas y, por tanto, cotizar a la Seguridad Social (ayudas de comida etc.…) nos indica que si alguien tiene alguna duda puede acercarse por RRHH y se lo aclararan.

El calendario vacacional para el año 2014 no ha sufrido ninguna variación, por lo tanto el firmado por todo el comité en la negociación sigue vigente.

Nos indica que los informes pendientes de los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre nos los entregara en breve.

Esta semana se va ha hacer el primer contrato de relevo del año 2014, aun no se sabe quién será el relevista.

Nos indica que durante unas semanas los contratos que se hacen entrega al comité,  van a cambiar de formato debido a algunos cambios que están haciendo en el INEM en alguna aplicación informática.

Se le solicita el contrato que tiene Norbega con la empresa Logika.

Por parte de UGT se le pide una explicación de la discriminación que a su entender existe en la contratación de los trabajadores del almacén  con respecto a los del área técnica, indicando que en el almacén no se contrata a nadie que haya estado contratado antes del año 2009. La jefa de personal explica que no hay ninguna regla para contratar, que lo único que pasa es que ha cambiado el panorama en dicha área y ahora se necesitan menos trabajadores, les invita a pasar por RRHH para hacer un estudio de la contratación actual.

Una vez más se le solicita el balance de cuentas y resultados del año 2012. Nos indica que está en manos del Director de RRHH y del Director General.

Por parte de ELA se le pregunta si se da el mismo trato a los trabajadores fijos y eventuales cada vez que hay un cambio de turno, si se les paga igual y si se les da el tiempo de descanso que marca la ley a lo que nos responde que si y que si alguna vez no es así se lo comuniquemos porque es un tema del que está muy pendiente.

Se le pregunta como ha quedado la denuncia de dos trabajadores tema tablas salariales antiguas, nos informa que el Juzgado de lo Social nº4 ha desestimado íntegramente  dichas demandas como anteriormente había ocurrido con otros trabajadores.

Por parte de  ELA se le pregunta a UGT como está el tema de la composición de la mesa negociadora tema ERE-procedimiento de despido colectivo, movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Indicar que tenemos 15 días para componer dicha mesa, compuesta por 13 miembros.

Desde UGT se nos indica que ha día de hoy no está hecho nada que es un tema que llevan las ejecutivas de UGT y CCOO al ser los sindicatos mayoritarios y que tal vez se retrase dicho tema.

Desde ELA entendemos que este es un tema que atañe a todos los trabajadores y que es un tema demasiado grave como para andar con oscurantismos y no entendemos que después de numerosas reuniones celebradas en Madrid no se sepa nada o peor aún,  no se quiera contar.

Se da por finalizada la reunión.